28 - marzo - 2024

Salmonera noruega le dobla la mano a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Consejo de Defensa del Estado

Frente a la decisión del Tribunal Constitucional y la presión ejercida por la multinacional Mowi, el Centro Ecocéanos señala que “este manejo corporativo deja en evidencia el intento de la industria salmonera de convertir al Estado del país sudamericano en un sumiso empleado que avale su destructivo comportamiento sanitario-ambiental, lo cual genera un peligroso precedente donde los regulados del sistema pesquero y acuícola, imponen su ley”.


Santiago de Chile, 07 de abril de 2022. (Ecoceanos News)– El 26 de marzo de 2021, la empresa salmonera de capitales noruegos Mowi Chile recurrió al Tribunal Constitucional (TC) con un requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 118 quáter de la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA), luego de haber sido sancionada por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) con 5 mil trecientos millones de pesos chilenos (aproximadamente 6 millones de dólares de la época).

La multa aplicada a la transnacional salmonera fue por provocar al ecosistema marino de la región de Los Lagos un “gravísimo daño ambiental no suceptible de reparación”, al no haber recapturado el 10% de los 692.000 salmones fugados.

Este catastrófico evento que constituye uno de los mayores escapes masivos de estos peces carnívoros en la acuicultura mundial, ocurrió el 5 julio de 2018 en el centro de engorda de Punta Redonda, isla Huar, región de Los Lagos, de propiedad de Mowi Chile (ex Marie Harvest), la mayor productora mundial de salmón Atlántico (Salmo salar) de cultivo industrial.

Luego que la SMA sancionara a Mowi Chile, y el Consejo de Defensa del Estado presentara una demanda por dicho delito, la transnacional noruega negó la existencia de daño ambiental alguno, pese a que los organismos estatales señalaban su ocurrencia en base a la aplicación de la Ley General de Pesca y Acuicultura.

El “Estado salmonero” vuelve a triunfar sobre el Estado chileno

Luego de casi cuatro años de esta catástrofe ambiental, el Tribunal Constitucional ha sentado un precedente legal al declarar inconstitucional la aplicación de parte del Estado chileno de esta normativa, señalando que “En caso de escape o pérdida masiva de recursos en sistemas de cultivo intensivo o el desprendimiento o pérdida de recursos hidrobiológicos exóticos en sistemas extensivos, se presumirá que existe daño ambiental de conformidad con la Ley Nº 19.300 si el titular del centro no recaptura como mínimo el 10% de los ejemplares en el plazo de 30 días contado desde el evento, prorrogables por una vez en los mismos términos”

Luego el TC en su fallo indica que “La actora reclama que, tanto la Superintendencia al sancionar, como el Consejo al demandar y también las comunidades denunciantes, pretenden sustraerse de probar todos los elementos de la responsabilidad dando por acreditado el daño única y exclusivamente en virtud de la aplicación de la presunción del artículo 118 quáter, agravándolo en virtud de la misma norma y presunción, y a su vez declarando dicho daño ambiental como irreparable, y calificar la infracción como gravísima, todo fundando únicamente en la referida presunción y sin posibilidad de defensa efectiva”.

De acuerdo con el Tribunal, “aparece demostrado que, la aplicación de la norma que es cuestionada perturba el ejercicio pleno del derecho al debido proceso legal, de que es titular el imputado, al incorporarse a él una presunción legal que le es extraña y que altera la carga de la prueba sin justificación”.

Además, “la aplicación de la norma no únicamente ha condicionado la prosecución del proceso señalado, dejando en una posición desmedrada al acusado, sino que también ha implicado afectar su derecho a una investigación justa y racional, por imponérsele una virtual presunción de derecho respecto a la significación real del daño efectivamente producido con su actuar”, sostuvo el TC.

El estudio de abogados Albagli Zaliasnik que asesoró a Mowi Chile manifestó  a salmonexpert.cl que “existe entonces un reconocimiento actual por parte del Tribunal Constitucional a que la norma padece vicios ciertos de constitucionalidad en su estructura, lo que permitirá en el futuro, frente a casos análogos, discutir su permanencia en el ordenamiento jurídico nacional debido a sus negativos efectos para el debido proceso al presumirse sin más -y sin posibilidades reales de probar en contrario- la ocurrencia de un daño ambiental significativo” (subrayado nuestro).

Declaración de Mowi Chile

Desde Mowi Chile indicaron que, “en primer lugar, es necesario puntualizar que este proceso judicial seguirá su curso en el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, instancia en la que Mowi Chile continuará acreditando que ha cumplido estrictamente con la normativa ambiental vigente».

La multinacional salmonera agrega que «la reciente resolución del TC confirma la postura sostenida por Mowi Chile desde el inicio del procedimiento sancionatorio efectuado por la SMA, en el sentido que el daño ambiental debe probarse y no presumirse, resguardando además, los principios de igualdad ante la ley y el debido proceso”.

Algo de historia del escape masivo del centro de Mowi (ex Marine Harvest) del 2018

El escape masivo de salmones ocurrido en el centro Punta Redonda estuvo rodeado por una serie de situaciones irregulares, entre las que destacan el llamado público de la empresa el 5 de julio del 2018 a los pescadores artesanales de la región de Los Lagos para que capturaran los peces escapados por un un pago de 4 mil pesos chilenos (aproximadamente 6 dólares de la época) por ejemplar capturado, lo que debió aumentar a 7 mil pesos. Esto en explícita violación de la Ley General de Pesca y Acuicultura que prohíbe que pescadores capturen salmones escapados de centros de cultivo.

A una semana de cumplirse el plazo extendido discrecionalmente por el Sernapesca a 70 días para la recuperación de peces, la empresa estableció un “convenio express” con 70 pescadores artesanales locales para que éstos declararan el haber capturado “espontáneamente” una cifra estandarizada de salmones escapados. En éste convenio los pescadores firmantes se comprometían a no realizar ninguna acción legal posterior contra la salmonera noruega.

A estas irregulares situaciones se sumaron la acreditación de capturas informales de salmones sin la certificación oficial, ya que sólo Sernapesca tiene la potestad de llevar los registros estadísticos de desembarque pesquero en Chile, teniendo el papel de ministro de fe para asegurar la veracidad de los datos de captura. Para intentar una supuesta autenticidad del número de ejemplares capturados se contrató una consultora para validar los testimonios de pescadores artesanales que habrían participado en esta denominada “acción de bien público ambiental”.

Finalmente la empresa salmonera informó el 1 de julio del 2018 que con el apoyo de 477 pescadores artesanales enrolados, a los cuales se les habría pagado $10.000 por ejemplar capturado, se habría recuperado 17.778 salmones. Este montaje no sólo habría implicado la violación de la LGPA, la modificación arbitraria de los plazos legales de recuperación de peces, y el pago de boletas ideológicamente falsas por servicios no prestados.

Centro Ecocéanos llama a estar alerta sobre discusión de proyecto de ley sobre captura de salmones escapados

Frente a la decisión del Tribunal Constitucional y la presión ejercida por la multinacional Mowi, el Centro Ecocéanos señala que “este manejo corporativo deja en evidencia el intento de la industria salmonera de convertir al Estado del país sudamericano en un sumiso empleado que avale su destructivo comportamiento sanitario-ambiental, lo cual genera un peligroso precedente donde los regulados del sistema pesquero y acuícola, imponen su ley”.

La organización ciudadana llama la atención a los ciudadanos y organizaciones de consumidores sobre el actual intento de las patronales salmoneras, Salmón Chile y el Consejo del Salmó, de naturalizar como casos fortuitos o productos de robos, los escapes masivos de salmón, en la actual discusión legislativa que modificará la Ley de Pesca y Acuicultura que prohíbe la captura de salmonídeos de centros de cultivos (Boletín 11.571-21).

Mercados y consumidores internacionales en alerta

Se estima que en años normales, los escapes de salmones desde las jaulas industriales pueden representar hasta el 5% de los salmónidos cultivados en Chile. Sernapesca señala que entre el 2010 y 2020 ocurrieron 70 eventos donde se fugaron 4,5 millones de salmones, lo que cuestiona la efectividad de los  “planes de contingencia” de los centro de cultivo.

Tomando en consideración esta realidad, el Seafood Watch del Monterrey Bay Aquarium (USA), calificó con nota roja la producción de salmones en Chile, debido al alto empleo de antibióticos y los continuos escapes masivos, recomendando a consumidores internacionales evitar su consumo.


Las razones de por qué en EE.UU. recomiendan evitar consumir salmón producido en Chile



[gs-fb-comments]
spot_img

Últimas Informaciones

Artículos Relacionados