La Ministra Maisa Rojas destacó que la Fase 2 de la modificación «permite que el sistema concentre su esfuerzo donde realmente importa: en los proyectos con impactos ambientales significativos».
Santiago, 07 de junio de 2025. (MMA)– El Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático aprobó una modificación al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), iniciativa liderada por el Ministerio del Medio Ambiente, que busca actualizar los criterios de ingreso al SEIA con el objetivo de hacerlo más eficiente, sin disminuir los estándares de protección ambiental.
La Fase 2 de modificación del reglamento revisó 19 tipologías de proyectos y actualizó los umbrales de ingreso, de manera que proyectos de menor envergadura, sin impactos ambientales relevantes, no deban pasar obligatoriamente por una evaluación ambiental, siendo regulados en cambio por otros permisos sectoriales.
La ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, valoró la aprobación señalando que «esta modificación permite que el sistema concentre su esfuerzo donde realmente importa: en los proyectos con impactos ambientales relevantes. Es una mejora regulatoria basada en evidencia, que recoge la experiencia acumulada y que moderniza criterios, algunos de ellos vigentes desde 1997».
Una de las principales innovaciones es la incorporación de criterios diferenciados para modificaciones de proyectos que ya cuentan con Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Con ello, no es exigible una nueva evaluación ambiental a cualquier modificación. En adelante, cuando se trata del mismo tipo de proyecto original, se solicitará una nueva evaluación solo si la modificación genera nuevos impactos ambientales relevantes, lo que se determinará caso a caso.
Cabe destacar que todos los proyectos que no ingresen al SEIA seguirán regulados por normativas sectoriales, como las del Ministerio de Salud o de la Dirección General de Aguas, garantizando que no exista una desregulación de actividades con potencial impacto. Asimismo, estos cambios aplicarán solo para proyectos ingresados como declaraciones y no como estudios, pues en este último el propio titular reconoce que existen impactos ambientales significativos.
Con la modificación se incorpora un umbral de distancia mínima de 2 kilómetros para que las líneas de transmisión eléctrica deban ingresar al SEIA, siendo consistente con la legislación comparada de otros países. De acuerdo con el reglamento actual, todas las líneas de transmisión deben tener evaluación ambiental, sin distinguir entre aquellas de solo unos metros respecto de las que atraviesan varias regiones. Con esta modificación se está corrigiendo esta situación, concentrándonos en evaluar eficientemente solo aquellas líneas de transmisión de mayor envergadura.
Esta modificación reglamentaria forma parte de un proceso más amplio de modernización del SEIA. Por un lado, en febrero de 2024 se publicó a Fase 1 de la modificación, que tuvo como principal objetivo la incorporación de la variable del cambio climático en la evaluación de impacto ambiental, en cumplimiento de la Ley Marco de Cambio Climático, y el fortalecimiento del acceso a la información y la participación ciudadana en materia ambiental, en cumplimiento del Acuerdo de Escazú. Por otro, en el Congreso se tramita un proyecto de ley que reforma a la Ley 19.300 que incluye mejoras al SEIA.